La Audiencia Nacional ha dictaminado que Ramoncín es inocente de los cargos de falsedad documental, apropiación indebida y administración fraudulenta, al no encontrarse pruebas suficientes. El músico madrileño se enfrentaba a una pena de entre diez meses y cuatro años, solicitada por la Fiscalía Anticorrupción. ¿La razón? El cobro de 57.402 euros de la Sociedad General de Autores y Editores (SGAE) por trabajos que no fueron hecho efectivos.

Asimismo, el tribunal ha exonerado al resto de acusados por las mismas razones: José Luis Rodríguez Neri, Pablo Antonio Hernández y Enrique Loras. La sentencia dictamina que el dinero que cobró por parte de la Sociedad Digital de Autores y Editores (SDAE), filial de la SGAE, eran "proyectos reales y concretos, realizados y entregados por su autor como contraprestación a cada uno de los pagos que le fueron efectuados·.
Respeto a la pruebas presentadas, que comprenden documentos e interrogatorios a implicados y destigos, estas dejan "un margen de duda suficiente y razonable sobre la verdadera intención y participación en los hechos de los acusados, lo que en todo caso debe favorecerles en la correcta aplicación del principio in dubio pro reo", expresión latina que señala que en caso de duda prima la visión más favorable para el acusado.
Así te contamos cómo se desarrolló la primera vista del proceso, el cual arrancó el 4 de diciembre.
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